En el etiquetado y la publicidad para productos alimenticios los fabricantes realizan declaraciones asociadas al producto, describiendo sus cualidades a nivel de ingredientes, nutrientes, efectos sobre la salud o propiedades benéficas.
Aunque para la publicidad de los productos, las declaraciones pueden ser muy convenientes y muchos desearían mencionar hasta el más pequeño beneficio asociado al consumo de un alimento, es importante saber que, para realizar declaraciones, los fabricantes deben cumplir con unas normas. En Colombia únicamente están permitidas las declaraciones asociadas a los valores diarios de referencia.
La resolución 810 de 2021, que trata sobre el etiquetado nutricional y frontal de los alimentos e indica los tipos de declaraciones que pueden tener los alimentos, contiene una tabla con los valores diarios de referencia, es decir, los aportes de nutrientes requeridos en la dieta para mantener la buena salud. En la lista de nutrientes con valores de referencia se encuentran los macronutrientes: carbohidratos, lípidos y proteínas, la fibra que es un tipo de carbohidrato, ácidos grasos que son lípidos y una amplia lista de minerales y las vitaminas.
Aunque los aportes recomendados de nutrientes son muy variables según el peso, el sexo, la edad, el tipo de actividad física que realiza la persona e incluso posibles enfermedades que se padezcan, la Resolución 810 contiene unos valores que sirven como parámetro para establecer las normas del etiquetado.
Las declaraciones permitidas pueden ser de varios tipos:
- Relativas al contenido de nutrientes
- De comparación de nutrientes
- De no adición
Si quieres conocer mas sobre la Resolución 810, te invito a leer:
Descifrando el EtiquetadoDeclaraciones Nutricionales Relativas al Contenido de Nutrientes
Si la declaración está asociada al contenido de nutrientes, esta puede mencionar que el alimento es “Excelente Fuente” o “Buena Fuente” de un nutriente de los que se mencionan en la lista con los valores de referencia. Para establecer la declaración, debe verificarse el contenido del nutriente en el alimento; a partir de la fórmula de fabricación o receta, se establece el contenido a adicionar de cada ingrediente que posteriormente es verificado con análisis en laboratorio.
Para una declaración de “Excelente Fuente”, se requiere que el alimento contenga, para las proteínas y para la fibra 20% de la recomendación del valor diario de referencia; para minerales y vitaminas se requiere que el contenido sea del 30% del valor diario de referencia.
Para la proteína, por ejemplo, la tabla del valor diario de referencia indica que deben consumirse 50 g por día, es decir, que si el alimento dice que es Excelente Fuente de Proteína, debe contener 10 g de proteína por porción.
Tomando como ejemplo un mineral se requiere el 30% del valor diario de referencia, para el calcio que el valor diario de referencia indica que deben consumirse 1000 mg por día, para ser excelente fuente, el alimento debe contener 300 mg por porción.
Para ser Buena Fuente los valores de porcentaje de aporte son menores para la proteína y la fibra corresponde al 10% del valor de referencia y para los minerales el 15%.
El consumidor toma las declaraciones de contenido de nutrientes como una base para organizar su dieta y verificar que esté consumiendo las cantidades necesarias de nutrientes, de esta manera, nutrientes que pueden ser escasos entre los alimentos como la proteína, la fibra, ciertos minerales y vitaminas pueden suplirse con alimentos procesados Buena Fuente o Excelente Fuente.
Declaraciones de comparación
Si el alimento contiene un 25% del nutriente comparado con respecto a otros alimentos, puede incluirse el descriptor “reducido”, “menos”, “más bajo en”, “ligero”, “liviano”, “menor”, “menor que”.
Puede mencionarse que un alimento “no contiene azucares añadidos” siempre y cuando no se hayan adicionado azucares en forma de jarabes, mieles, melazas, siropes o cristales.
Si al alimento no se le adicionado ningún tipo de sal de sodio puede indicarse que “Sin sal” o “Sin sodio añadido”.
Declaraciones de “No Adición”
Un alimento puede llevar una declaración nutricional “Libre De”, siempre y cuando cumpla con los requisitos de la siguiente tabla:
Declaración | En 100 g de alimento |
Libre de calorías | No hay más de 4 kcal. |
Libre de grasa | Hay menos de 0,5 g de grasa total. |
Libre de Grasa saturada | Hay menos de 0,1 g de grasa saturada. |
Libre de Acidos Grasos Trans | Hay menos de 100 mg de grasa trans. |
Libre de Azucares Totales | Hay menos de 0,5 g de azucares. |
Libre de Colesterol | Hay menos de 0,5 mg de colesterol. |
Libre de sodio | Hay menos de 0,5 mg de sodio. |
En caso de que el alimento sin necesidad de pasar por ningún procesamiento, alteración o reformulación especial se encuentre libre del nutriente al que se hace mención, debe indicarse que “Naturalmente es Libre de”.
Declaraciones “Bajo en”
El alimento puede llevar la declaración Bajo en siempre y cuando cumpla con los requisitos de la siguiente tabla
Declaración | Requisitos en el alimento |
Bajo en calorías | Hay un máximo de 40 kcal en 100 g o 20 kcal en 100 ml. |
Bajo en grasa | Hay un máximo de grasa total, de 3 g en 100 g o 1,5 g en 100 ml. |
Bajo en Grasa saturada | Hay un máximo de grasa saturada, de 1,5 g en 100 g o 0,75 g en 100 ml. |
Bajo en Colesterol | Hay un máximo de colesterol de 0,02 g en 100 g o 0,01 g en 100 ml. |
Bajo en sodio | Hay un máximo de sodio de 80 mg, en 100 g o en 100 ml. |
En caso de que se cumpla con el descriptor “Bajo en”, pueden usarse los siguientes descriptores como sinónimos “poco”, “pocas”, “baja fuente de”, “contiene una pequeña cantidad de”, “bajo aporte” y “bajo contenido”.
Otros descriptores
Muy bajo en: Solo se permite para el sodio, si el alimento contiene máximo 40 mg por 100 g o 10 ml.
Magro: Aplicable únicamente a carnes y pescados que deben contener menos de 10 g de grasa total, menos de 4,5 g de grasa saturada y menos de 95 mg de colesterol por porción declarada en la etiqueta.
Extramagro: Solamente aplica para carnes y pescados que contengan máximo 5 g de grasa total, 2 g de grasa saturada y 95 mg de colesterol por porción declarada en la etiqueta.
Fortificado: Aplica para minerales y vitaminas que tengan un contenido superior al 20% del porcentaje del valor diario por porción de alimento.
Conocer los descriptores de los alimentos es un criterio importante a la hora de elegir los alimentos de la dieta y seleccionar los alimentos procesados, que a través de algún cambio en el proceso o reformulación ofrezcan un beneficio extra que no es ofrecido por otros alimentos similares. Alimentarse sabiamente es vivir con mayo bienestar.